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Derecho a la Educación

Derechos en el centro de atención

La educación es tanto un derecho humano en sí, como un ‘derecho de empoderamiento’ o peldaño para ejercer otros derechos humanos. La educación es el principal vehículo para sacar a personas marginadas económica y socialmente de la pobreza, para obtener los medios para participar plenamente en sus comunidades.

Como tal, la educación sirve para nivelar la desigualdad y asegurar el desarrollo sostenible.

El derecho a la educación incluye:

  • Educación sin costo, al menos en las etapas primarias y fundamentales
  • Educación primaria obligatoria
  • Introducción sin costo o progresiva a la educación secundaria gratuita
  • Igual acceso a la educación superior, con introducción progresiva de educación gratuita
  • Educación en derechos humanos
  • Derecho de progenitores a elegir el tipo de educación que se dará a sus descendientes
  • Acceso a la educación, así como guía vocacional para mujeres jóvenes, personas jóvenes con discapacidad y personas jóvenes refugiadas

 

Profundizar más…

La educación está dirigida al pleno desarrollo de la personalidad del ser humano y al fortalecimiento del respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales. Debe posibilitar a todas las personas a participar efectivamente en una sociedad libre, promover la comprensión, tolerancia y amistad entre naciones y grupos raciales y religiosos. La educación en todos los niveles debe mostrar las siguientes características interrelacionadas y fundamentales:

  1. Disponibilidad: cantidad suficiente de instituciones educativas y programas en cada Estado. Los requisitos varían según el contexto, sin embargo, se debe proporcionar cierta infraestructura, tal como edificios u otra protección del clima, instalaciones sanitarias, agua potable, materiales de enseñanza y docentes capacitados.
  2. Accesibilidad: las instituciones y los programas educativos deben ser accesibles para todas las personas, sin discriminación alguna. Esto incluye medidas adecuadas para asegurar que las personas con discapacidades puedan acceder a la educación en condiciones de igualdad con otras.
    1. No discriminación: la educación debe estar disponible para todas las personas, especialmente para quienes enfrentan mayores vulnerabilidades.
    2. Accesibilidad física: la educación debe estar al alcance físico seguro, ya sea en términos de ubicación geográfica o por medio de tecnología moderna
    3. Accesibilidad económica: la educación debe ser costeable para todas las personas; la educación primaria debe estar disponible gratuitamente, los Estados deben instituir progresivamente la educación secundaria y superior gratuita.
  3. Aceptabilidad: la forma y sustancia de la educación, incluyendo el pénsum y los métodos de enseñanza, deben ser aceptables (es decir, pertinente, culturalmente adecuada y de buena calidad) para estudiantes y, en los casos que corresponda, para padres y madres de familia.
  4. Adaptabilidad: la educación debe ser flexible para que pueda adaptarse a las necesidades cambiantes de las sociedades y comunidades, y responder a las necesidades de estudiantes en sus diferentes entornos sociales y culturales.

 

Para asegurar el derecho a la educación para las personas jóvenes con discapacidad, se debe cumplir con los estándares internacionales descritos en la Convención de los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad.

 

La pandemia del COVID-19 exacerbó la falta de acceso a la educación, particularmente en contextos donde no era posible proveer educación en línea o remota, resaltando la necesidad de cerrar la brecha digital. En marzo de 2020, más de 1.5 mil millones de personas jóvenes en más de 165 países se quedaron sin educación, representando el 87% de la población mundial inscrita en escuelas o universidades. Los datos y la información sobre el impacto que la pandemia tuvo en las personas jóvenes están disponibles en el informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derecho Humanos sobre las Repercusiones de la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19) en los derechos humanos de las personas jóvenes (disponible en árabe, chino, inglés, francés, ruso y español), así como a través de la UNESCO, especialmente relativas a la educación.

 

A pesar del amplio reconocimiento del derecho a la educación por parte de los Estados, la educación puede estar y está bajo ataque, especialmente en países afectados por el conflicto armado, inseguridad y sistemas débiles de protección de los derechos humanos o pluralismo político. Las instituciones educativas deben ser espacios seguros para estudiantes y docentes, en donde puedan trabajar para un mejor futuro.2 Además, la educación puede proteger a las personas jóvenes de reclutamiento forzoso para grupos armados, trabajo infantil, explotación sexual y matrimonios infantiles. Los ataques a la educación pueden ser una violación seria a la ley internacional, infringiendo el derecho penal internacional, el derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos. 2Coalición mundial para proteger la educación de ataques: https://protectingeducation.org/

¿Dónde puedo obtener más información?

Para obtener más información sobre el derecho a la educación, visite:

  • Página web de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) sobre el derecho a la educación.
  • Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR), Observación general N.º 13:
    El derecho a la educación (artículo 13) (1999). Nota: El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales es un Órgano de Tratado de las Naciones Unidas. En las Sección C de este kit de herramientas hay más información disponible sobre los órganos de tratados (consulte la pregunta ¿Qué son los órganos de tratados de derechos humanos?).

Para obtener más información sobre proteger a la educación de ataques, visite:

Derecho a un Trabajo Digno

Ejercer el derecho a un trabajo digno fomenta la autonomía e independencia en las personas jóvenes, lo que puede sentar las bases para el ejercicio de otros derechos humanos fundamentales.